¿Qué es el coeficiente que aparece en las Actas de mi Comunidad?
La Ley establece que un propietario responde de las deudas comunitarias generadas durante el año de la adquisición de la vivienda y en los tres años anteriores a la misma, por tanto es lógico que la Comunidad de Propietarios reclame la deuda a esta persona, pues el Administrador y/o el Presidente no entran en cuestiones privadas de las compra-venta.
El vendedor, debió entregar al comprador un certificado de deuda emitido por el administrador a la firma de su escritura de compra, para acordar el pago de esa deuda por una parte u otra, etc. Si el vendedor le ocultó información, podrá reclamarle judicialmente, pero la Comunidad seguirá reclamando la deuda a usted.
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